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El Pleno

Según el artículo 9 del Reglamento de la Cámara de Diputados aprobado en agosto del 2010, el Pleno es la máxima autoridad deliberativa de la Cámara de Diputados y para la validez de sus decisiones, en principio, será necesaria la presencia de más de la mitad de sus miembros. El Pleno podrá adjudicarse la decisión directa sobre cualquier asunto del que esté conociendo algún otro órgano de la Cámara.

Dentro de las funciones del Pleno están:

  • Conocer y resolver sobre las iniciativas sometidas a su decisión.
  • Conocer los órdenes del día acordados por la Comisión Coordinadora y presentados por el Presidente en la primera sesión de cada semana para su confirmación.
  • Conocer los distintos informes presentados por las comisiones y los diputados.
  • Reconsideración de una nueva discusión de todo asunto rechazado, siempre que se cuente con el voto de las dos terceras partes de los presentes. Cuando se tratare de un proyecto de ley, la reconsideración deberá esperar a la próxima legislatura.
  • Creación de las comisiones permanentes y especiales.
  • Aprobar la normativa de funcionamiento de las comisiones.
  • Conocer los informes de las comisiones, conjuntamente con la iniciativa a la cual se refiera.
  • Conocer los informes de las comisiones, conjuntamente con la iniciativa a la cual se refiera.
  • Apoderar a las comisiones para el estudio de asuntos que hayan sido tomados en su consideración.
  • Conceder licencias a los diputados por un plazo no mayor de 30 días y debidamente justificadas por un motivo legítimo.
  • Otorgar un trato preferencial a la lista de iniciativas priorizadas, que no puede exceder el máximo de 15 proyectos de ley.
  • Modificar la lista de iniciativas priorizadas cuando lo considere pertinente.
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